La iniciativa de Ley de Seguridad Nacional tiene como objetivo regular la actuación en México de “agentes extranjeros
Con 71 votos a favor, 21 en contra y 1 abstención, el Senado aprobó en lo general, los artículos no reservados del dictamen que reforma la Ley de Seguridad Nacional, para establecer la definición de agentes del extranjero.
Con la adición del artículo 71 a la Ley de Seguridad Nacional se propone “limitar la actuación de los agentes extranjeros únicamente al desarrollo de las actividades de enlace para el intercambio de información con autoridades mexicanas en términos de los dispuesto en la acreditación que se hubiese expedido a su favor”.
Con lo anterior se prohibirá a los agentes ejercer facultades reservadas para autoridades mexicanas, aplicar o ejecutar las leyes extranjeras en México, y realizar gestiones directas ante autoridades distintas de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en términos de los convenios de cooperación internacional suscritos en materia de seguridad.
También se obligaría a los agentes extranjeros poner en conocimiento de las autoridades mexicanas la información de que se alleguen en el ejercicio de sus funciones, y presentar ante la SRE y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) informes mensuales.