¿SEGURIDAD NACIONAL O CORRUPCIÓN SOLAPADA?


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¿La publicación del decreto presidencial para proteger la inversión púbica en la obra civil como el aeropuerto Felipe Ángeles, el Tren Maya, la Refinería de Tres Bocas y otras obras federales, son de seguridad nacional?


Causó sorpresa la declaratoria del Presidente de la República que para evitar retardos en la realización de dichas obras prioritarias para el gobierno federal se consideren como de seguridad nacional.

Tamaña publicación hizo que las voces expertas en constitucionalidad se volcaran en su contra. Esa publicación escapa a las facultades que le otorga el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y otras disposiciones fundamentales.

¿Qué sucedió para realizar ese acto pecaminoso que obliga pensar si el Presidente se encuentra en su sano juicio? ¿Desvíos de recursos públicos en la realización de dichas obras? ¿Pretende con ese decreto encubrir ilegalidades de las fuerzas armadas responsables de ejecutar esas obras?

El Ejecutivo Federal sabe que la inversión pública destinada en la construcción de las obras mencionadas no cabe en los supuestos para decir que son de seguridad nacional. Que son de interés público no hay duda. Toda obra pública tiene esa calidad, porque se destinan al bienestar general de la población y contribuyen al desarrollo del País.

No construya monumentos a la opacidad y a la ilegalidad Presidente. La inversión pública debe ser lo más transparente posible y tener la máxima publicidad para evitar lo que los mexicanos hemos repudiado por muchos años. Corrupción desmedida y enriquecimientos indebidos.

Su misión como Presidente de los mexicanos, es cumplir y hacer cumplir la Constitución Federal y las leyes que de ella emanan. Atienda el mandato que le impone el artículo 6° de nuestra Carta Fundamental del País y su ley reglamentaria la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Todos tenemos el derecho de informarnos de la adecuada aplicación de los recursos públicos y exigir que todo desvío deberá ser castigado.

Revise el artículo 3 de la Ley de Seguridad Nacional y observará que su decreto no tiene sustento en las hipótesis que regula dicha ley para hacer declaratorias relacionadas con la seguridad nacional. No genere suspicacias. Si hay actos de corrupción en la ejecución de las obras de interés para usted, que se investigue y se castigue, pero no realice actos que traten de encubrir delitos.

Sea congruente con su discurso, no lo tire al cesto de la basura. Transparencia en la aplicación de los dineros del gobierno y combate sin tregua a la corrupción. Investigue y castigue, no solape. No anule el derecho humano de todos los mexicanos de acceder en todo momento y por cualquier vía a la información pública.

La acción de inconstitucionalidad que se promoverá en contra de dicho decreto seguro que la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo declarará inconstitucional, no obstante que ese alto Tribunal del País se encuentre en los comentarios de muchos que se ha convertido una filial del Ejecutivo.

El mencionado decreto es producto de una voluntad autoritaria, lesivo a toda legalidad, cierra toda trasparencia en el gasto y enmascara la corrupción. ¿Cuál es el compromiso con las fuerzas armadas para recurrir a tan desleal acto que violenta nuestro régimen constitucional y legal?

¿Usted qué opina?


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