La aplicación justa de la ley quedó atrapada en conciencias inmorales de jueces que olvidaron su ética y su misión. Dar a cada quien lo que le corresponde.
AGOSTO 9 DE 2024
Tuvimos la oportunidad de estar presentes en una audiencia inicial en la que no había la menor duda de que el Juez de Control que la llevaría escucharía a las partes y sobre sus argumentos dictar su veredicto. No había evidencia ni datos de prueba que dieran motivo para dictar un auto de vinculación a proceso.
Pero ¡oh sorpresa! El Juez dictó el auto de vinculación a proceso en contra del Rector Titular y al Encargado del Despacho de Rectoría de la Universidad Autónoma de Sinaloa. Justicia que causa horror en Sinaloa. Aristóteles y Ulpiano morirían de vergüenza ante Jueces indignos.
Sentencias dictadas con motivo de amparos promovidos por los Dres. Jesús Madueña Molina y Robespierre Lizárraga Otero, en las que se resuelve que los recursos propios de la Universidad Autónoma de Sinaloa no eran sujetos de fiscalización por la Auditoría Superior del Estado sino por las instancias internas de revisión de cuentas como lo establece la Ley Orgánica de dicha Institución de Educación Superior.
La más sobresaliente es la sentencia dictada por el Juez Primero de Distrito el día 10 de enero del 2024, en la que se determinó la inconstitucionalidad de la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa, en diversos artículos porque eran violatorios de la autonomía de la Universidad Autónoma de Sinaloa.
Dicha sentencia declaró inconstitucional el artículo 69, fracciones IX y X de la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa, que imponía la facultad de la Auditoría Superior del Estado en realizar auditoría a los recursos propios de la Universidad Autónoma de Sinaloa. Recursos que no firman parte de la cuenta pública estatal y cuya fuente de ingresos es por parte de los particulares que se favorecen con los diversos servicios que presta dicha Institución o sea que los ingresos propios tienen la calidad de recursos privados y por esa razón deberán ser auditados por la Contraloría Social Universitaria a través del despacho contable externo aprobado por el H. Consejo Universitario. El despacho contable que audita a la UAS para que no se piense mal, es el mismo que audita al gobierno del estado y está certificado por la Secretaría de la Función Pública Federal.
La causa que orilló el proceso penal al que asistieron los directivos universitarios o sea por la supuesta negación indebida de que la ASE llevara a cabo la auditoría en mayo del 2023, denunciándolos por abuso de autoridad, y para conocimiento de la sociedad en general, y se entere de las arbitrariedades con la que proceden las autoridades estatales, fue declarada inconstitucional por el Juez Cuarto de Distrito. Pese a ello, el Juez de Control vinculó a proceso a los universitarios.
Una justicia entregada al poder político estatal deja muy manchada la honorabilidad de algunos jueces en Sinaloa. Fuimos testigos, aunque no debe de extrañarnos, del dictado, una vez más, de decisiones judiciales aberrantes que de seguro deben estar causando intensos cólicos de dolor a Carlos Alberto Herrera. Si, fue el Juez que entró a la Sala de Audiencias del Tribunal con la resolución en un documento escrito que le fue entregado por su instructor, cumplió en darle lectura cabizbajo, no dejó ver su cara de frente a la audiencia, voz entrecortada y titubeante como si en su conciencia cargara el peso del conflicto por el inmoral fallo que dictaría a la rectitud de los jueces en su delicada misión de impartidores de justicia. Cumplió con su veredicto, en favorecer intereses políticos mezquinos
¿Es esa la finalidad de la reforma al poder judicial que pretende el gobierno, de tener en el sistema de justicia a jueces carnales o a modo, para que respondan a sus intereses políticos? Es una realidad que puede ser de amarguras letales para la sociedad en general. Cuidado con ese perverso plan.
La UAS no se toca, la autonomía universitaria se respeta.
¿Usted qué opina?