El artículo 33 de la Constitución es propio de una realidad que ya no vive México actualmente
Dicho articulo se encuentra en la Constitución mexicana desde 1857, y que ahora ya es distinta la realidad que vive México desde entonces.
Establece que “los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”, un prohibición también prevista en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
López Obrador dejó en claro que su Administración no ha aplicado dicho artículo constitucional, debido a que hay plenas libertades para todos en México.
Nosotros no lo hemos aplicado y nunca lo vamos a aplicar, aquí pueden venir extranjeros a expresarse con absoluta libertad. Hay que analizar la posibilidad de quitarlo, reformarlo, no nos ayuda porque no tenemos propósitos autoritarios y de censura a nadie, queremos garantizar las libertades plenas”, refirió.
El artículo 33 de la Constitución mexicana establece que “son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución”.
“El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención. Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”,. se agrega en dicho artículo.
Artículo 33. Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución.
El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.
Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.