La participación de la sociedad ha sido uno de los contenidos discursivos de mayor relevancia en el político aspiracionista como medio para legitimar los actos de gobierno.
Viernes 2 de julio de 2021.
Se reformó la constitución federal y algunas leyes para crear órganos ciudadanizados para alcanzar dichos fines. ¿Funcionarán?
En Sinaloa, en el gobierno de Juan S. Millán, se reformó la Constitución Política Local y algunas disposiciones normativas en materia de seguridad pública. Integró al Consejo Estatal de Seguridad Pública, la Coordinación General integrada por miembros de la sociedad civil, para que la sociedad diera el voto de confianza al Gobernador de la persona idónea para fungir como Procurador General de Justicias del Estado. Maniobra
política inteligente para decidir en la designación respectiva.
La Coordinación General desde entonces pasó de ser una instancia confiable de la sociedad a una instancia
entregada al interés oficial.
La Institución del Ministerio Público de Sinaloa, creo en algún tiempo el llamado “teléfono del procurador” para acercar a la sociedad a ventanillas del gobierno a denunciar los hechos que pusieran en riesgo su seguridad personal y patrimonial.
Se contrataron diversas líneas telefónicas y hubo respuesta ciudadana. Poco después, esa ventanilla ciudadana fue eliminada sin darle ninguna explicación a nadie.
La denuncia ciudadana, debe ser una vía idónea y muy útil, para que la función de la autoridad se vuelva más eficiente y productiva. Que se convierta en un apoyo para eliminar la corrupción y la impunidad. Hay muchos hechos que escapan al conocimiento de la autoridad y la coadyuvancia social ayudaría a resolver en buena parte la inseguridad que padecemos.
Para que la denuncia ciudadana sea en verdad útil. Debe partirse de un principio de reserva y de confianza. Que se respete la denuncia anónima independientemente del medio que se utilice para tales fines. La ley obliga que toda persona que tenga conocimiento de la existencia de algún delito tiene el deber de denunciar. No dice que
obligatoriamente tendrá que acudir el ciudadano al ministerio público para formular dicha denuncia.
Se han distorsionado los hechos. La sociedad quiere participar, pero dándole protección cuando haya necesidad de señalar algún hecho criminal. El anonimato de la denuncia es un medio de protección social.
La autoridad es la que tiene los medios para iniciar la indagatoria que sea pertinente. Allegarse de todos los datos o medios de prueba que sean necesarias para poder ejercer la acción penal ante los tribunales.
La sociedad pide confianza y no la recibe. Se le obliga a formalizar la denuncia si tuvo el valor de dar la cara y señalar los hechos que son o pueden ser constitutivos de delito.
La intimidación ante la ineficiencia hace que la sociedad le retire toda confianza a la autoridad.
El que esto escribe, sufre las consecuencias. Haber denunciado hechos que pueden ser constitutivos de delito y no de faltas administrativas, al interior de la Fiscalía Estatal, he venido siendo objeto de persecución. Denuncias en las que colaboro, por instrucciones del Fiscal, se ha ordenado que sean archivadas sin realizar actos de investigación o
revisarlas minuciosamente para que de faltar datos en su contenido ordenar que los mismos se corrijan. Si fueran actos de buena fe, los recibiría con la mayor emoción pues así mejoraría mi conocimiento y habilidad para ejercer la profesión.
Sin embargo, quiero hacer solo una observación al Fiscal.
La ley me obliga a denunciar, pero no a demostrar desde la denuncia los hechos que sean materia de delito. Su obligación es que al tener conocimiento de la denuncia abra la carpeta de investigación y una vez que se agoten los actos pertinentes de investigación resuelva lo que proceda.
¿O no es así Fiscal?
Seguiré con mis comentarios, no se ofenda señor Fiscal. Como servidor público cumpla con su función, yo como ciudadano exigiré que el servicio público responda a la confianza social.
El Congreso estatal tiene mucho que hacer.
¿Usted que opina?