No podrán ejercer las facultades reservadas a las autoridades mexicanas ni podrán aplicar o ejecutar las leyes extranjeras en territorio nacional, así como portar armas sólo autorizadas por Sedena
La Cámara de Diputados aprobó este martes una polémica reforma a la ley de Seguridad Nacional para regular la actividad de agentes extranjeros en México, la cual fue criticada por el gobierno de Estados Unidos por supuestamente sólo beneficiaría a los criminales.
El Pleno en San Lázaro aprobó, con 329 votos a favor, 98 en contra y 40 abstenciones, el dictamen a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, para establecer el marco regulatorio para la internación y permanencia en el territorio nacional de agentes extranjeros.
Esto incluye a aquellos agentes que pertenecen a organizaciones como la DEA (Administración de Control de Drogas estadounidense), el FBI (Buró Federal de Investigaciones) y la CIA (Agencia Central de Inteligencia), entre otras.
El documento, enviado al presidente Andrés López Obrador para que la firme y publique, define a los agentes extranjeros como los funcionarios extranjeros que en sus países de origen ejercen funciones policiales, de inspección o de supervisión de las leyes y otras disposiciones de carácter reglamentario o aquellas de carácter técnico especializado.
Además, regula las actividades de enlace para el intercambio de información con autoridades mexicanas que desarrollan los agentes extranjeros, en el marco de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la seguridad nacional.
Precisa también que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), previo acuerdo con las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional y de Marina, resolverá sobre la acreditación y la circunscripción territorial del agente extranjero de que se trate.
Los agentes extranjeros sólo podrán desarrollar las actividades de enlace en términos de lo dispuesto en la acreditación que se hubiese expedido a su favor. Asimismo, no podrán ejercer las facultades reservadas a las autoridades mexicanas ni podrán aplicar o ejecutar las leyes extranjeras en territorio nacional.
Tendrán prohibido realizar o inducir a terceras personas a llevar a cabo detenciones, acciones tendientes a la privación de la libertad, a allanar la propiedad privada o cualquiera otra conducta que resulte violatoria de la Constitución mexicana y las leyes nacionales aplicables.
Deberán abstenerse de realizar actividades que pongan en peligro su integridad física; convendrán sujetarse a los criterios que determine la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y sólo podrán portar las armas de fuego que, en su caso, les autorice la Secretaría de la Defensa Nacional.
La presidenta de la Comisión de Gobernación, Rocío Barrera (Morena), precisó México ha suscrito diversos instrumentos internacionales que norman, instrumentan y desarrollan estos conceptos y dan sustento a la estancia temporal en territorio nacional de agentes extranjeros.
Estas modificaciones provocaron la reacción del gobierno saliente de Donald Trump. Su fiscal general, William Barr, mostró preocupación la semana pasada tras la aprobación de los cambios en el Senado. “Tendría el efecto de dificultar la cooperación entre nuestros países. Haría menos seguros a los ciudadanos de México y Estados Unidos”, fue el comentario emitido.
La aprobación de esta legislación sólo puede beneficiar a las violentas organizaciones criminales transnacionales y otros criminales que estamos combatiendo conjuntamente
“La reforma no les concede ningún tipo de inmunidad, pues aunque conforme al derecho internacional gozarían de inmunidad funcional si se apegan a ejercer funciones consulares, de cometer delitos serán sometidos a la justicia mexicana y no gozarían de inmunidad alguna si ingresan a nuestro país, sin ser acreditados ante la SRE”, puntualizó.
Con las reformas, también se establecen dos órganos auxiliares del Consejo de Seguridad Nacional: el primero es el Grupo de Alto Nivel de Seguridad, encargado de la atención y gestión de los convenios, programas y temas estratégicos de cooperación.
Y, en segundo lugar, un Grupo de Coordinación Operativa, cuya función será la de coordinar y supervisar la ejecución de los convenios, programas, acciones y acuerdos de cooperación suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad, los que deberán preservar la seguridad nacional, órganos que no generan impacto presupues